PERGAMINO 1482 - TRASCRIPCIÓN Y COMENTARIO
JUAN CARLOS DE LA MATA GUERRA |
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La Santa Vera Cruz de Benavente,
una
de las Cofradías más antiguas de España |
Concesión de Gutierre de Quiñones,
obispo de Libaria, con licencia del obispo de Oviedo, de indulgencias a
los que entreguen donativos al hospital de pobres de Benavente, y a
María de la Rúa, quién donó unas casas a la Cofradía de la Vera Cruz
para construir dicho hospital.
1482, marzo, 25. Benavente (Zamora)
Legajo 379/1 Archivo Municipal de
Valladolid |
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Pergamino 405x215 mm |
[anverso]
E nos don Gutierre de Quiñiones,
de la horden de Santo Domingo, por la gracia de Dios e de la Santa yglesia de
Roma, obispo de Libaria, a todos los fieles christianos de qualquier estado o
condiçion que sean asi onbres/ como mugeres, salud en Ihesu Christo, como leamos
en el santo evangelio quel fijo de Dios queriendo consolar a sus verdaderos
disçipulos e apostolos, los quales temerosos estavan de perder la su pro/xima
presençia, por quanto les dezia muchas vezes que avya de padesçer cruel muerte e
pasion en el arbol de la Vera crus por el linaje humano, el con grande firmeza
les prometio diciendoles/ no aya el temor que con vosotros so(i) e sere fasta la
fin. Et
esto non embargante se partio de ellos, e esta para sienpre asentado a
la diestra del Padre, segun tenemos por articulo de fe e sienpre/ sera e estara
con nosotros, en tanto que el mundo durare, presençialmente en sus Santos
Sacramentos, ansi de su Santisimo cuerpo cada dia consagrado en los santos
altares como en todos los otros, en me/ moria de todo esto partiendose de nos,
segund dicho es corporalmente, dexonos memoria por que del nos acordasemos de
su pendon e Real bandera o estandarte del glorioso arbol de la Vera crus, señal
o pintado de las señales de los clavos, asi de sus santas manos como pie, untada
e cubierta de grandes arroyos de sangre que salieron a la ora de la muerte,
colgado e cruçificado el su Santo cuerpo en ella, por/ lo qual todo el pueblo
christiano tiene en grande reverençia e acatamyento a la Vera crus, pues en ella
y por ella nos bino tanto bien. E por quanto en los tiempos pasados en esta
villa de Benavente algunos/ varones e onbres buenos hordenaron una Santa
cofraderia llamada de Santa Crus a reverençia de la Vera crus. E por cuanto
Maria de la Rua, muger que quedo de Pedro de Villagarcia, por seviçio de Dios/ e
por su anima e dela de su marido e de sus difuntos, da en limosna para la dicha
confradia e para facer un ospital en que los pobres miserables sean acogidos e
albergados, unas casas e un lagar/ que ella tiene enla colaçion de Sant Iohan
del mercado de la dicha villa, e dos camas de ropa en que duerman los dichos
pobres despues de sus dias de ella, en tal manera que por los dichos cofrades
que agora son/ e fueren de aqui adelante, para siempre jamas non puedan dar nin
donar nin vender nin trocar nin canbiar ni etnajenar el dicho ospital, salvo que
sienpre sea ospital para los dichos po/bres. E por quanto el abad e confrades de
la dicha confradia de la Santa Cruz e por la dicha Maria de la Rua nos fue
pedido y rogado que quisiemos partyr con ellos delos tesoros de nuestro Señor/
Yhesu Xpo (Christo), padre e señor, don Alfonso de Palençuela, por la gracia de
Dios e de la Santa iglesia de Roma, obispo de Oviedo, confiando de la
misericordia otorgamos a qualesquier personas o/ persona, onbres o mugeres de
qualquier estado o condiçion que sea, que ayudaren o socorrieren con sus
piadosas limosnas para ayuda o reparación del dicho ospital e pobres/ del, les
damos e otorgamos quarenta dias de perdon. Otrosi otorgamos todos los domingos
del año e todos los biernes de cuaresma et las fiestas de Santa crus de mayo e
de se/tienbre e los dias de nuestra Señora agosto e de setienbre e la candelaria
e de março e el dia de Sant Matias a cualquier persona que saliere a la hermita
de la dicha cofradia de Santa crus e rezare dos veces el paternoster con el
avemaria a reverencia de la Santa Vera crus, el uno por la madre santa yglesia
que Dios la quiera conservar e guardar de los turcos enemigos de la/ Santa Fe
Catholica, el segundo por nos e por los confrades que agora son e seran dela
dicha cofradia, que todos acabemos en su santo serviçio, otros quarenta dias de
perdon. Otrosi qualquier/ clerigo o preste de misa, que por ordenacion suya, o
fuere llamado, quisiere dezir misa en la dicha hermita, gane quarenta dias de
perdon. En testimonio de lo qual mandamos dar esta carta firmada de nuestro
nombre e sellada de nuestro sello, dada en la villa de Benavente a veinte e
çinco dias de março, año del nasçimiento de nuestro Señor Ihesu Christo de mil
quatroçientos ochenta e dos años.
Gutierre Episcopus Libariensis |
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Cofrade de la
Santa Vera Cruz
Programa de 1930 |
[reverso]
Licençia que alcanzo Maria de la Rua, muger que
quedo de Pedro de Villagarcia, de don Gutierre de
Quiñones, obispo de Libaria, para hacer una cofradía
de la vera + [cruz] y cuarenta días de perdon en
muchas fiestas del año a qualquiera que diere
limosna al dicho ospital, o visitara la hermita de
la vera + (cruz) y rezare un paternoster una
avemaria/ y al clerigo que alli dijere misa 40 dias
de perdon// Estas gracias conçedio este Obispo
pasado por aqui con licençia del vicario que aqui
estaba, por el obispo don Alfonsso de Palenzuela,/ y
la dicha Maria de la Rua dio unas cassas y un lagar
(d)onde sia fundado parte del hospital. |
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Características y estado de conservación
Se trata de un documento
original
de 405x215 mm
en soporte de pergamino que presenta deterioro en el ángulo
derecho (muesca o roto), muestra así mismo marcas de cinco pliegues y
restos de manchas de humedad y de herrín u óxido en el ángulo superior
derecho. Se observa recosido y cordón en el lado derecho, conservando
también resto de la cuerda de la que pendía el sello del documento, que
no se ha conservado.
La escritura en que está
redactado el diploma corresponde a la letra cortesana del siglo XV, en
este caso bastante cuidada y armoniosa dentro de un cierto grado de
cursividad. El segundo tipo corresponde a la suscripción autógrafa del
otorgante y por ello figura en letra muy cursiva.
Contenido
Se abre con la
identificación del personaje que emite y suscribe el documento y la
naturaleza o carácter del mismo: “E nos don Gutierre de Quiñones, de
la horden de Santo Domingo, por la gracia de Dios e de la Santa yglesia
de Roma, obispo de Libaria, a todos los fieles christianos de qualquier
estado o condiçion que sean asi onbres/ como mugeres”. Se trata de
una licencia de Gutierre de Quiñones, Obispo de Libaria, quien actúa en
su calidad de obispo, aunque se encuentre itinerante o en transito, ya
que se indica en la anotación aclaratoria sobre el contenido que aparece
en el reverso del pergamino: “Estas gracias conçedio este Obispo
pasado por aquí”
Imprecaciones
El
documento prosigue a
modo de preámbulo o exordio justificativo
con un una larga imprecación con alusiones al evangelio y concretamente
a la muerte y pasión de Cristo en la Cruz.:“…salud
en Ihesu Christo, como leamos en el santo evangelio quel fijo de Dios
queriendo consolar a sus verdaderos disçipulos e apostolos, los quales
temerosos estavan de perder la su pro/xima presençia, por quanto les
dezia muchas vezes que avya de padesçer cruel muerte e pasion en el
arbol de la Vera crus por el linaje humano, el con grande firmeza les
prometio diciendoles/ no aya el temor que con vosotros so(i) e sere
fasta la fin”. Prosigue el texto aludiendo a la presencia de Cristo
hasta el fin de los tiempos fundamentalmente a través de la Eucaristía:
“Et esto non embargante se partio de ellos, e esta para sienpre
asentado a la diestra del Padre, segun tenemos por articulo de fe e
sienpre sera e estara con nosotros, en tanto que el mundo durare,
presençialmente en sus Santos Sacramentos, ansi de su Santisimo cuerpo
cada dia consagrado en los santos altares como en todos los otros,…”.
El texto constituye una
hermosa remembranza o síntesis de la pasión y muerte de Cristo a través
de su principales símbolos, principalmente al significado que para los
cristianos tiene la cruz y la conveniencia de gloriar el árbol de la
Santa Vera Cruz: “…en memoria de todo esto partiendose de nos,
segund dicho es corporalmente, dexonos memoria por que del nos
acordasemos de su pendon e Real bandera o estandarte del glorioso arbol
de la Vera crus”. También con gran lirismo en el léxico empleado se
alude a las señales o
llagas de los clavos, y sangre
derramada y al cuerpo de Cristo: “… señal o pintado de las señales de
los clavos, asi de sus santas manos como pie, untada e cubierta de
grandes arroyos de sangre que salieron a la ora de la muerte, colgado e
cruçificado el su Santo cuerpo en ella,..”.
Esta parte del texto
abunda en la intencionalidad del culto y
devoción a la Santa
Cruz: “…por lo qual todo el pueblo christiano tiene en grande
reverençia e acatamyento a la Vera crus, pues en ella y por ella nos
bino tanto bien”. Es por esta devoción por lo cual se instituye en
Benavente una cofradía con el objeto de ofrecer culto a la venerada
Santa Cruz: “E por quanto en los tiempos pasados en esta villa de
Benavente algunos varones e onbres buenos hordenaron una Santa
cofraderia llamada de Santa Crus a reverençia de la Vera crus”. |
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Hospital de La
Piedad fundado por los Pimentel
Foto de
Charles Clifford - 1854 |
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Donación
y fundación del Hospital de la Vera Cruz
El
núcleo principal del documento se refiere a una licencia para instituir
un hospital mediante la donación llevada a cabo por la mencionada María
de la Rúa. En el mismo se manifiesta como María de la Rúa, viuda de
Pedro de Villagarcía, hace donación unas casas y un lagar en la
colación o parroquia de San Juan del Mercado de Benavente, con el fin de
que en ellas la Cofradía
de la Vera Cruz asentase un hospital para
acoger a los “pobres miserables”. Igualmente hace donación para dicho
hospital de algunos enseres, concretamente de dos camas y sus ropas:
“... , e por cuanto Maria de la Rua,
muger que quedo de Pedro de Villagarcia, por serviçio a Dios/ e por su
anima e dela de su marido e de sus difuntos, da en limosna para la dicha
confradia e para hacer un ospital en que los pobres miserables sean
acogidos, unas casas e un lagar que ella tiene en la colaçion de Sant
Iohan del mercado de la dicha villa”.
En aquella época el concepto de
hospital era bien diferente al actual, pues cualquier particular o
cofradía podía fundar uno de ellos como obra caritativa particular con
escasos medios y dotación. Consistían así la mayoría de ellos en unas
casas o habitaciones con unos cuantos camastros y poco más. No era
infrecuente que junto a las dependencias hospitalarias existiesen otras
como lagares, paneras, establos, huertos e incluso herreñales o solares.
Estos se adjudicaban junto a la casa habitación pues solían formar parte
de la misma como dependencias anejas, también como medio económico para
el sostenimiento del hospital, pues siempre se podía disponer de ellas o
incluso alquilarlas y obtener unas rentas para sostenimiento del mismo.
Por otra parte la dotación inicial del hospital, según nos revela el
texto del documento, y como sucedía en la mayor parte de estas
fundaciones medievales, era muy escasa o precaria, ya que tan sólo se
mencionan a parte del inmueble y el lagar:“dos camas de ropa en que
duerman los dichos pobres despues de sus dias de ella”.
En el
documento se establece como condición de la donación que dicho hospital
no se pueda vender, trocar ni enajenar, para que así pueda desempeñar
siempre su función caritativa: “… en tal manera que por los dichos
cofrades que agora son e fueren de aqui adelante para siempre jamas, non
puedan dar nin donar nin vender nin trocar nin canbiar ni etnajenar el
dicho hospital, salvo que sienpre sea hospital para los dichos pobres,…”.
Únicamente se fija como salvedad de que dicha fundación permanezca
siempre destinada al servicio de los pobres: “salvo que sienpre sea
ospital para lo dichos pobres”. Esta clausula
bien pudo dar pie, o al menos hacer posible, que a comienzos del siglo
XVI el conde de Benavente pudiese hacerse con los terrenos y casas donde
estaba asentado el hospital de la Santa Cruz, frente al convento de San
Francisco, para fundar uno nuevo que titulará de la Piedad. Ello
presumiblemente sin infringir o alterar la voluntad de la donante ni
las condiciones fundacionales del primitivo establecimiento
hospitalario. |
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Obispado de Oviedo |
Cruz de los Ángeles
Iglesia de Santa María del Azogue |
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Indulgencias
En lo que constituye
claramente una segunda parte del documento diferenciada de la anterior,
ya casi al final del pergamino, se inserta una carta de indulgencias que
otorga el Obispo de Oviedo, a cuya diócesis pertenecía Benavente como
parte integrante de la llamada Vicaría de San Millán. Esta demarcación
eclesiástica comprendía unos 160 pueblos situados en las riberas del
Esla y en la montaña leonesa. Actuaría de esta forma el tal don
Gutierre, quien es el que suscribe con su firma únicamente el documento
o pergamino, como delegado del obispo de Oviedo, insertando las
mencionadas indulgencias. La mayoría de ellas son aplicables a todos
aquellos que visitasen o acudiesen a la ermita de la cofradía
benaventana de la Vera Cruz. El hecho de que el documento aparezca
únicamente suscrito por el mencionado don Gutierre, obispo de Libaria,
hace pensar que al menos parte de tales indulgencias, concretamente las
que se refieren a la ermita de la cofradía, bien pudieron haber sido
concedidas a la cofradía y a su ermita ya con anterioridad por dicho
obispo ovetense, Alonso de Palenzuela, el cual aparece mencionado en el
documento, pero que en cualquier caso no suscribe con su firma y sello.
El mencionado prelado
ovetense otorga, con la intervención y mediación de Don Gutierre de
Quiñones, obispo de Libaria, o bien actuando de esta forma mancomunada o
por delegación, diversas indulgencias, pues en el texto se señala en
plural que “les damos e otorgamos”. En este sentido Don Gutierre
actuaría como delegado o intermediario, pues en el texto a continuación
se hace mención por primera y única vez a Don Alonso de Palenzuela,
obispo de Oviedo, señalando que se otorgan diversas indulgencias: “Don
Alonso de Palençuela, por la gracia de Dios e de la Santa iglesia de
Roma, obispo de Oviedo, confiando de la misericordia otorgamos a
qualesquier personas o/ persona, onbres o mugeres de cualquier estado o
condiçion que sea, que ayudaren o socorrieren con sus piadosas limosnas
para ayuda o reparación del dicho hospital e pobres de el”. De esta
forma se plasman en el documento una serie de beneficios espirituales
o indulgencias
encaminadas no sólo a favorecer la fundación y consolidación del
hospital de la Vera Cruz, sino principalmente a la cofradía y a su
ermita. Consisten éstas en primer lugar en cuarenta días de perdón a
todos aquellos que contribuyan con sus limosnas a la erección y
reparación o mantenimiento de dicho hospital. Esta indulgencia
concerniente al hospital que se pretende instituir es la única de las
relacionadas o concedidas que tiene como objeto exclusivo favorecer al
nuevo hospital, pues el resto se refieren o son aplicables a la ermita
de la cofradía. La petición o ruego para obtener licencia para la
fundación del hospital parte tanto de la propia cofradía como de la
donante: “E por quanto el abad e confrades de la dicha confradia de
la Santa Cruz e por la dicha Maria de la Rua nos fue pedido y rogado que
quisiemos partyr con ellos delos tesoros de nuestro Señor/ Yhesu Xpo (Christo),
padre e señor…”.
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Cuidado de
enfermos en un hospital medieval |
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Se
otorgan pues diversas indulgencias a quienes lleven a cabo determinadas
oraciones o asistan a señaladas festividades en la ermita de la Cofradía
de la Vera Cruz. Estableciendo beneficios espirituales tanto para
aquellos que ayuden materialmente al hospital y a sus pobres, como a
quienes acudan a venerar o reverenciar a la Santa Vera Cruz
en su ermita:
“…les damos e otorgamos quarenta dias de perdon e asi otorgamos todos
los domingos del año e todos los biernes de cuaresma e las fiestas de
santa cruz de mayo e de setiembre e los dias de nuestra señora agosto e
de setienbre e de la candelaria e de março e el dia de Sant Matias a
cualquier persona que saliere a la hermita de la dicha confradia de
Santa crus e rezare dos veces el paternoster con el ave maria a
reverenciar la Santa Vera crus”. Además de las fiestas principales
del culto a la Santa Cruz (3 de mayo y 14 de septiembre) se conceden
indulgencias en la festividad de San
Matías que se celebra el 14 de mayo. Sin
duda una fecha especial en el calendario de celebraciones de la
cofradía.
Se fija la forma de
obtener tales indulgencias mediante el rezo de determinadas oraciones
que se establecen con orden y precisión: “e rezare dos veces el
paternoster con el ave maria a reverenciar la Santa Vera Cruz el uno por
la santa madre iglesia que Dios la quiera conservar de los turcos
enemigos de la Santa Catholica, el segundo por nos e por los confrades
que agora son e seran dela dicha cofradia, que todos acabemos en su
santo serviçio, otros quarenta dias de perdon”. También se
contemplan indulgencias para los clérigos que oficien misas en la
ermita: “Otrosi cualquier clerigo o preste de misa, que por
ordenación suya fuese llamado quisiere decir misa en la dicha hermita,
gane quarenta dias de perdon”. Mediante estas indulgencias se
potencia la devoción, vistas y asistencia a los oficios y celebraciones
religiosas que tengan lugar en dicha ermita. Las cuales se hacen
particularmente extensivas a los clérigos que oficien en la misma.
La inclusión de estas
indulgencias concedidas a quienes visiten la ermita de la Vera Cruz no
constituyen pues el cuerpo o texto principal del documento, siendo en
todo caso lo más singular y aparentemente
lo
más
novedoso
de todo
el contenido
la licencia para instituir un hospital mediante la donación llevada a
cabo por María de la Rúa. Es por ello que se presenta preferentemente en
primer lugar dentro del texto y entre las indulgencias concedidas. Tales
indulgencias seguramente se inserten en este documento como forma de
revalidarlas o confirmarlas, a la vez que con el objeto de favorecer a
la cofradía y por ende a su ermita. Indulgencias o beneficios que ahora
como novedad se hacen extensivas también a quienes favorezcan al
hospital que se pretende crear.
Sintomática del momento
y de la época en que se redacta el documento, y por tanto dentro del
ámbito de en la historia de las mentalidades, es la alusión o mención a
los “turcos”, que por entonces se consideraba eran dueños del
Mediterráneo e infringían grandes perjuicios a los cristianos. Se
estimaba además en el imaginario colectivo que éstos eran un obstáculo
para la propagación de la Fe Católica y la liberación de los Santos
lugares, además de ocasionar inseguridad en el mediterráneo a causa de
sus frecuentes incursiones en las que asolaban las costas y hacían
numerosos cautivos entre los cristianos. Por todo ello la expresa
alusión a los mismos en el documento: “…, el uno por la madre santa
yglesia que Dios la quiera conservar e guardar de los turcos enemigos
de la Santa Fe Católica”.
El
texto concluye con la data, firma y rúbrica episcopal: “dada en la
villa de Benavente a veinte e çinco dias de março, año del nasçimiento
de nuestro Señor Ihesu Christo de mil quatroçientos ochenta e dos años.
Gutierre Episcopus Libariensis”. |
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Gutierre de Quiñones,
obispo de Libaria
Dificultad se plantea a
la hora de identificar al obispo otorgante
o signatario del documento y
a la mencionada diócesis de Libaria, pues nos se refiere a ninguna de
las conocidas en la actualidad. En este sentido y a falta de más
informaciones son varias las posibilidades que se pueden apuntar. Podría
referirse a una antigua demarcación eclesiástica medieval ya
desaparecida, o bien alguna integrada en el obispado de Oviedo, y de la
que el mencionado don Gutierre de Quiñones actuase como autoridad.
Incluso quizá pudiese hacer alusión o referirse a la iglesia de Liébana
en los Picos de Europa, que era uno de los reductos cristianos durante
la alta Edad Media en la península y que eclesiásticamente se integraría
en el Obispado de Oviedo.
Otra posibilidad para
adscribir o identificar a la mencionada dignidad eclesiástica, es que la
misma tuviese un carácter especial. En este caso podría referirse a un
cargo vinculado a la orden religiosa dominica, a
la que pertenecía el
obispo, o incluso a la curia vaticana o a los Santos Lugares. En este
caso último la alusión que se hace a “los turcos” tendría su sentido en
el discurso o aparato que justifica y adorna retóricamente el texto. Si
bien todo esto son hipótesis o posibilidades, ya que desconocemos con
certeza que territorio o lugar se refiere tal dignidad episcopal. El
hecho de que tal y como se apunta en el texto este obispo perteneciese a
una orden regular, concretamente a la de Santo Domingo, la cual, hay
que tener en cuenta, poseía además en la villa de Benavente un
importante convento, podría explicar la estancia temporal en Benavente
del obispo dominico. De hecho son las órdenes religiosas las que
mayormente potencian en sus inicios el culto a la Pasión y a la Cruz de
Cristo. En cuanto a la defensa de los Santos Lugares conocemos se
ejercía una importante acción desde las órdenes de predicadores y de
mendicantes, periódicamente acudían a la villa predicadores y
recolectores de bulas de la Santa Cruzada, cuyas limosnas se utilizaban
en buena parte para la redención de cautivos.
No
era inhabitual que los religiosos pertenecientes al clero regular, sobre
todo miembros de la orden mendicante y de la de predicadores, ocupasen
sedes episcopales e importantes cargos incluso en la curia. En algún
texto encontramos a un tal Don Gutierre al frente de la diócesis
palentina en
1489, si bien no figura en episcopologios y las
relaciones consultadas. ¿Podría
en este caso referirse al Don Gutierre de Quiñones, obispo de Libaria,
que figura en el documento y que ahora apareciese como prelado de la
diócesis palentina? ¿O acaso se trata de otro personaje?
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Escudo episcopal de
Don Alfonso de Palenzuela
Obispo de Oviedo 1469-1485 |
Alfonso Herrera
(Fray Alfonso de Palenzuela)
Escudo de los
Herrera, Mariscales de Castilla |
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Alfonso de Palenzuela,
obispo de Oviedo
Más diáfana se nos presenta la figura de Don Alfonso de Palenzuela,
obispo de Oviedo. Fue un religioso franciscano que, tras comenzar como
obispo de Ciudad Rodrigo entre 1460 y 1469, pasó a ser designado obispo
mitrado de Oviedo, desempeñando esta dignidad hasta 1485. Concretamente
fue obispo de Ciudad Rodrigo desde el día 22 de agosto de 1460 hasta el
20 de octubre de 1469 y de Oviedo desde esta última fecha hasta el 17 de
abril de 1485. Perteneciente a la noble y poderosa familia de los
Herrera, probablemente ingresó en un convento de la Seráfica Orden
existente en su localidad de origen, cambiando su ilustre apellido al
tomar los hábitos por el de su lugar de nacimiento. Según algunos
episcopologios hizo el número 46 entre los obispos ovetenses.
Alfonso de Palenzuela fue un prelado muy vinculado a la Casa Real
Castellana, siendo confesor de
las reinas María e Isabel, esposas de Juan II. A este respecto hay que
precisar que diversos
autores han destacado que los confesores reales de Castilla, desde
Enrique II hasta la llegada al trono de los Borbones, han pertenecido a
la orden de Santo Domingo. No obstante, se conoce la presencia de
diversos frailes franciscanos e incluso jerónimos, que, en casos muy
puntuales, llegaron a obispos, como es el caso de Fray Alonso de
Palenzuela.
Reconocido consejero y predicador real, sus prédicas fueron seguidas y
apreciadas por muchos de sus contemporáneos, como Pedro Carrillo
(alguacil mayor de Toledo) y sobre todo por el mismo monarca Juan II.
Gozaba de gran prestigio, no solo entre los castellanos que estaban en
Roma, como diplomático, hombre de letras y gran orador. Obtuvo el título
de capellán pontificio, siendo especialmente valorado entre la curia
romana. Fue Fray Alfonso de Palenzuela maestro y amigo de Rodrigo
Sánchez de Arévalo, el embajador en Roma de Enrique IV y alcaide de
Sant´Angelo, con él compartió alguna misión en la Corte Papal.
Precisamente el religioso franciscano actuó en varias ocasiones como
delegado regio ante la Santa Sede, entre ellas como comisionado de
Enrique IV para presentar obediencia al papa Pio II. Su experiencia
diplomática no se limitaba a Roma, ya que ejerció también de embajador
en Inglaterra. En cuanto a su posición ante la guerra civil castellana
en tiempos de Enrique IV, parece que fue de una actitud de neutralidad
al menos en principio, pues antes de la muerte del rey, en 1474, parece
ser trabajaba ya en favor de Isabel.
Así en 1473 se encontraba en Roma,
donde no está muy claro si actuaba en calidad de embajador del rey que
subrepticiamente cumple encargos de la Isabel, o bien interviene
directamente como delegado de ésta. En este sentido actúa como emisario
entregando una carta al Pontífice Sixto IV y que este responde el 19 de
julio de 1474. Palenzuela permanecerá en Roma hasta julio de 1475,
momento en que se produce esta embajada de Isabel (La Católica),
ya titulada reina. |
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Ermita de la Soledad (Vera Cruz)
Museo de Semana Santa
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Escudo Franciscano
Ermita de la Soledad
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Anotación en su reverso
El
pergamino incluye en su reverso una anotación aclaratoria sobre el
contenido del mismo. Dicho extracto o anotación es claramente posterior
a la fecha de redacción o ejecución del texto principal recogida en el
anverso en letra cortesana,
la cual
está
fechada
en 1482.
La anotación o comentario, que nos
resume brevemente el contenido del texto principal, fue llevada a cabo
con mucha posterioridad al texto del documento. Claramente corresponde a
un escribano u oficial diferente, ya que se empleó para ello letra cursiva que presenta características más propias de la escritura del
siglo XVII. Se trata seguramente de una reseña o extracto sobre el
contenido del pergamino realizada para identificar fácilmente el mismo
en su archivo.
Dicha
anotación que figura en su reverso, viene a ser un extracto del
pergamino o pequeño resumen simplificado de su contenido. Resulta
éste excesivamente simplificador y también confuso en algún aspecto.
Ello toda vez que informa que el documento o pergamino contiene una
licencia “para hacer una cofradía de la vera cruz”, cuando en
realidad, como hemos comprobado, incluye una donación y licencia
eclesiástica para erigir o fundar un hospital, así como diversas
indulgencias en su beneficio. Difiere pues esta interpretación que se
nos ofrece en el resumen o extracto del reverso del pergamino, respecto
a lo expresado en el texto original y principal del mismo, puesto que en
él se expresa claramente que la cofradía ya existía en la fecha en que
se otorga la licencia, es decir en 1482: “e por quanto en los tiempos
pasados en esta villa de Benavente algunos/ varones e onbres buenos
hordenaron una Santa confraderia llamada de la Veracruz…”. Todo
ello nos viene a confirmar que la cofradía de la Vera Cruz de
Benavente ya existía y estaba asentada en “tiempos pasados”, es decir,
con anterioridad a 1482, tal y como se señala expresamente en el
documento. Parece aludir con ello a tiempos lejanos o cuando menos no
excesivamente recientes o cercanos a
la fecha de expedición del documento.
Estimamos que podría referirse al menos, a varias décadas antes, lo cual
confirmaría que la Cofradía de la Veracruz es una de las más antiguas
de España. |
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Plano
de Benavente en el Siglo XV |
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